VACACIONES Artículo 76.- Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios. Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.Artículo 78.- Los trabajadores deberán disfrutar en forma continua seis días de vacaciones, por lo menos.Artículo 80.- Los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones.Artículo 81.- Las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios.
AGUINALDO Artículo 84.- El salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.Artículo 87.- Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos. Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.
FINIQUITO El finiquito es un documento, realizado en papel por el que se pone fin a la relación laboral existente entre el trabajador y el empresario. Con su firma el empresario queda libre de abonar cantidad alguna al empleado, y este queda libre de la obligación de trabajar a las órdenes del empresario.
FINIQUITO POR RENUNCIA VOLUNTARIA El día 28/09/09 el trabajador Juan Pérez Paredes presenta su renuncia voluntaria con motivos personales se pide elaborar su finiquito considerando lo sig.Fecha de ingreso: 05/12/04Cuota diaria: $220.00Despensa: $20.00 diarios Demás prestaciones conforma a la ley:Aguinaldo 15 díasVacaciones 12 días
CALCULO DEL FINIQUITO Días de salario devengado pendientes de pago13 días por 220= 2860Despensa20por 13=260Aguinaldo 200915 entre 365 = 0.0410 por 217 = 11.13 por 220 = 2450.13Vac. No disfrutadas del último periodo 12 por 220 = 2640Prima vacacional 2640 por 25% =660Vacaciones proporcionales 14 entre 365 = 0.0380 por 297 = 11.39 por 220 = 2506.19Prima vacacional 2506.19 por 25%

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